Dispute Board

El Dispute Board (DB) es un mecanismo de resolución de conflictos diseñado para proyectos complejos y de largo plazo, como los de construcción e infraestructura. Actúa de manera preventiva y reactiva, ayudando a resolver disputas antes de que escalen y se conviertan en litigios formales, asegurando que los proyectos continúen sin interrupciones significativas.

Beneficios del Dispute Board

Prevención de conflictos

Facilita la resolución temprana de disputas, evitando el escalamiento.

Continuidad del proyecto

Ayuda a mantener la fluidez de los proyectos, minimizando retrasos.

Experiencia especializada

Los miembros del DB suelen ser expertos en áreas técnicas y legales relevantes.

Reglamento

El reglamento del DB establece las pautas y procedimientos para la operación del Dispute Board en el CCAC. Este documento detalla las reglas para la formación del DB, sus funciones, y el proceso de resolución de disputas.

Contenido del Reglamento:

Preguntas Frecuentes

Un Dispute Board (DB) es un órgano neutral creado por las partes en un contrato para prevenir o resolver conflictos durante su ejecución. Es muy útil en contratos de largo plazo como los de construcción, propiedad intelectual o sociedades comerciales.

Existen tres tipos:

DRB (Dispute Review Board): emite recomendaciones no vinculantes inicialmente.

DAB (Dispute Adjudication Board): emite decisiones obligatorias desde el momento de su emisión.

CDB (Combined Dispute Board): puede emitir recomendaciones o decisiones, según el caso. La elección depende del nivel de formalidad y urgencia que se necesite en la resolución de conflictos.

Depende del tipo de DB. Las del DAB son obligatorias de inmediato. Las del DRB solo lo son si ninguna parte expresa desacuerdo en el plazo previsto. El CDB puede actuar como ambos, según lo pactado o la situación.

El incumplimiento puede considerarse causa para resolver el contrato. Además, la parte afectada puede llevar el caso a arbitraje directamente, sin necesidad de pasar nuevamente por el DB.

Las partes pueden designar a los miembros de mutuo acuerdo. Si no lo hacen en el tiempo establecido, el Centro de Conciliación y Arbitraje de CAINCO los nombra. Todos los miembros deben declarar su independencia e imparcialidad antes de aceptar el cargo.